Hoy dice trompetín, como respuesta a los dichos de Zaffaroni sobre lo de una ley de revisión de causas por los "presos políticos"...
En realidad según leguleyos no es necesario una ley para revisión de causas, ya existe y se llama cosa juzgada írrita. La acción de nulidad por cosa juzgada írrita es un proceso judicial cuyo
objeto consiste en dejar sin efecto una sentencia firme cuando se
verifican ciertas situaciones contrarias al principio preámbular de
“afianzar la justicia”.
Pero dejemos que lo expliquen los que saben...
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